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FOTOS ASAMBLEA DE CONSTITUCIÓN
RESUMEN DE OBJETIVOS DE LAS ENTIDADES INTERESADAS
17 marzo 2014
Entidades que han enviado sus propuestas
o participado en las reuniones de trabajo:
-
Sociedad Caminera del Real de Manzanares
-
Asociación Histórico Cultural CIERZO.
-
Nerea, Asociación Investigadores Universidad
Politécnica.
-
Entorno Los Molinos.
-
Entorno Escorial.
-
Asociación Cultural de Cercedilla.
-
Asociación Internacional de Hoyo de Manzanares.
-
Asociación ECOS, de Miraflores de la Sierra.
-
Profesionales de Galapagar, Torrelodones, Las
Rozas, Villalba, Cercedilla, El Boalo, Guadarrama, El Escorial, Los Molinos…
También ha sido consultada la
“Asociación Madrid Ciudadanía y Patrimonio”
A.- Fines de la Asociación-Observatorio
Se trata de constituir una
Asociación Cultural de la Sierra, formada por personas y organizaciones
civiles, que actúe de < observatorio, estudio, denuncia y
elaboración de propuestas > en favor de nuestro patrimonio cultural
serrano.
Observatorio cualificado, con buen soporte profesional, dotado de
rigor y objetividad, sin influencias
partidistas, pero colaborando con quienes coincidan en los planteamientos.
Propuesta de nombre:
- "Observatorio Ciudadano para la Conservación del Patrimonio de la
Sierra de Guadarrama”.
- En nuestras asociaciones hay un mayor activismo social, y por ello ese
adjetivo debería unirse al de conservación del Patrimonio.
Se propone como fines el estudio,
defensa, conservación y promoción del Patrimonio en todas sus facetas,
materiales e inmateriales: Histórico, Artístico, Etnográfico, Cultural y
Natural.
Trabajando juntos
seremos más fuertes y capaces de abordar mejor la denuncia de los
atropellos culturales y defensa y puesta en valor de nuestro patrimonio.
Un “plan de acción y resumen de
intenciones generales” sería:
visibilizar, denunciar,
potenciar, educar, servir, y disfrutar
0.- DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN
- Localismo
Seguimos encajados,
cada uno en su pueblo, sin entender que hoy la defensa por separado está
condenada al fracaso y que la mejor forma de defendernos es uniéndonos en las
batallas que nos afectan a todos.
- Abandono y deterioro del patrimonio cultural
La situación es alarmante por dejadez o intereses de muchos de nuestros representantes políticos.
- Pérdida de
identidad
Destruir
nuestros restos históricos es perder nuestras señas de identidad
- Patrimonio
como potencial
Es un instrumento de gran utilidad para la
revitalización de nuestros pueblos y reactivación
de la actividad económica a través de un turismo cultural no masificado.
- Existen muchos
estudios y trabajos ya realizados
Investigadores y actores sociales han realizado ya
mucho trabajo que debe visibilizarse y ponerse en valor.
Esperamos que quede claro para todos, incluida
prensa, que en la sierra hay un trabajo
de investigación serio hecho y mucho todavía por descubrir y que hay
investigaciones merecedores de atención y respaldo.
1.- CATALOGACIÓN DEL PATRIMONIO MATERIAL E INMATERIAL
La protección del patrimonio local exige la identificación,
documentación, catalogación y protección, como “bienes locales”, de
este patrimonio.
Esta acción
es urgente y crítica después de la última Ley de Patrimonio que ha sacado
nuestra CM y que daba un año a los Ayuntamientos
para proceder a esa inclusión en el catálogo de bienes municipales.
Al hacerlo todos, en paralelo, en muchos pueblos
evitamos las acusaciones de los políticos de turno o que den la callada por
respuesta, generamos una noticia de
interés general y ponemos bajo los focos el estado de abandono del
patrimonio de nuestros pueblos
1.1. Elaborar un catálogo de
patrimonio
Donde quede justificada cualquier
manifestación del patrimonio material e inmaterial de la sierra de Madrid
- material (construido)
edificaciones
históricas presentes y enterradas relacionadas con el hábitat
lugares de
producción, transformación y almacenamiento
lugares de
culto
estructurales
- material (de uso del entorno
natural)
cañadas,
cordeles, veredas
- inmaterial (según clasificación
UNESCO)
conocimientos
locales del entorno natural: etnobotánica, ganadería, agricultura, … conocimientos
locales respecto a oficios y artes locales: alfarería, fragua, cestería, … conocimientos locales relacionados con
leyendas, rituales festivos y del ciclo de vida
2.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL COMPORTAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES E
INICIATIVAS
PRIVADAS SOBRE EL
PATRIMONIO
Uno de los objetivos que debe tener este proyecto es el de crear un
medio eficaz de defensa y denuncia frente a las agresiones de cualquier
índole que pueda sufrir el patrimonio en el sentido más amplio del término,
vengan estas agresiones de entidades públicas o privadas, siendo capaces
de dar la batalla en todos los campos: judicial, social, informativo,
etc.
2.1. Vigilar aplicación de medidas relacionadas con actuaciones sobre
el patrimonio
1. La aplicación de medidas
institucionales
2. La aplicación de medidas privadas
2.2. Denunciar ante los organismos competentes el comportamiento inadecuado de las
instituciones respecto a la protección del patrimonio.
1. abusos
2. destrucción
3. deterioro irreversible
4. falta de compromiso
5. inacción
3.- DIVULGACIÓN DE LA RIQUEZA E
IMPORTANCIA PATRIMONIAL DEL TERRITORIO
3.1 Capacidad para divulgar
- En colaboración con las
instituciones universitarias
- Mediante jornadas
específicas.
Iniciar el
proceso de constitución coincidiendo con la celebración de una Jornada Cultural de la Sierra en la que
distintos grupos presenten sus trabajos
de investigación centrados en el patrimonio serrano.
La
abriríamos en el Castillo de Manzanares y culminaría al terminar las Jornadas
con la constitución formal del Observatorio.
4.- DISFRUTE DEL PATRIMONIO
Disfrutando de las cosas, y
haciendo disfrutar a los demás de ellas, es más fácil lograr un compromiso y sensibilidad que anime a:
- conocer,
entender, sentir, involucrarse, proteger
y defender más esas mismas cosas
- crear
alternativas y redes de sociabilidad que se retroalimentan y fortalecen
Disfrute del patrimonio, del
paisaje, de los entornos urbanos y naturales
Disfrute de las relaciones y
sinergias que se generen.
Disfrute de las acciones y luchas
que puedan ponerse en práctica
Disfrute de las actividades que
se nos vayan ocurriendo, etc.
Aunque no se explicita, se
defiende una nueva filosofía, como forma
de pensar y vivir, que se está extendiendo como alternativa al fracaso social
imperante.
5.- PROPONER PROYECTOS
La Asociación-Observatorio ha de
tener además una actitud propositiva, planteando nuevas alternativas al uso del
patrimonio, poniéndolo en valor.
Igualmente promocionara la
cooperación entre entidades y profesionales para el desarrollo de proyectos que
resulten de interés común.
Actualmente ya se están
realizando numerosas acciones que van más allá de la conservación de los bienes
patrimoniales.
En alguna de las propuestas se
plantea elaborar un Proyecto y desarrollarlo inicialmente como sociedad
civil, al margen de partidos y ayuntamientos, para, una vez elaborado y
puesto en marcha, presentarlo a todos los ayuntamientos afectados para recabar
su apoyo, conseguir el respaldo de las DG de Turismo y de Patrimonio de la CM y
solicitar subvención europea con
cargo a los fondos culturales del 2014-2020 que España no está cubriendo.
Para los proyectos necesitamos compromiso local, que además sea apartidista, (que no
antipartidista),porque creemos que si se politiza en esta fase inicial
fracasara. Con gente de buena voluntad y dispuesta a colaborar cada uno en lo
que pueda, sin protagonismos de nadie, ni personas, ni organizaciones, sino de
todos en equipo, generando sinergias y
no competencias, ni localismos absurdos.
6.- BUSCAR LA
COLABORACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES Y OTRAS ENTIDADES.
Para indagar en las causas del comportamiento de
las Administraciones públicas, a través de sus políticas, presupuestos y
legislaciones, en lo referente al
patrimonio
Para indagar en los comportamientos sociales.
Para colaborar en investigaciones sobre el propio
patrimonio.
Para desarrollar proyectos propositivos.
Para divulgar los conocimientos sobre este
patrimonio y sus problemáticas.
B.- Procedimientos:
Postura compartida por todos: Horizontalidad, autonomía, consenso, acción
social y participación.
Dentro del grupo se perfilan posiciones más activistas, que opinan que la nueva estructura debe
comprometerse más con los temas sociales y otras
más académicas que entienden que se trata de dotarse de un instrumento de
cooperación y estudio, sobre todo de profesionales. Finalmente se considera que
ambas sensibilidades son perfectamente compatibles, coincidiendo en la defensa
del patrimonio de todos.
En lo que sí
deberíamos comprometernos es en la defensa
de lo común y lo público, priorizando los campos donde podamos ser más
útiles.
Hay que generar
sinergias para abordar un conjunto de problemas. < La idea es unir a asociaciones y especialistas, además de vecinos,
para tratar de defender de una forma más eficaz el patrimonio serrano >.
Sería
un modelo parecido a "Madrid, Ciudadanía y Territorio", aunque algo
más activo y quizás reivindicativo.
1.- INDEPENDENCIA DE ASOCIADOS Y ASOCIACIÓN
1.- INDEPENDENCIA DE ASOCIADOS Y ASOCIACIÓN
Proyecto de base, horizontal
y completamente autónomo de injerencias externas y luchas partidistas, centrado en la acción social y la
participación ciudadana (en el sentido más amplio de ambos conceptos) y no en la acción política (en el
sentido más pobre del término y al que más acostumbrado nos tiene este
Sistema).
1.1. Autonomía de los asociados
- Asociaciones autónomas respecto a partidos políticos, sindicatos, sus fundaciones,
etc.
- Proyecto totalmente independiente de organizaciones
políticas o sindicales y de intereses económicos.
- Mantenimiento de la propia autonomía e identidad
de cada Asociación.
1.2.
Postura objetiva y plural
- Manteniendo, siempre, de una postura objetiva y
plural.
3.- FORMA DE ORGANIZACIÓN
3.1. Modelo participativo
Formado por:
- Asamblea general
- Grupos o comisiones de trabajo (que puedan
ir surgiendo).
- Cargos temporales, gratuitos y revocables
Permite:
- La colaboración, sinergias, aunar esfuerzos
para la consecución de objetivos comunes
- Que cada asociación mantenga su libertad e
independencia para seguir trabajando en
los proyectos
que estime más oportunos en sus respectivas zonas, temáticas o áreas
de
actuación.
3.2. Toma de decisiones
- Acuerdos decididos por consenso general
(acuerdos unánimes, evitando votaciones en la medida de lo posible).
- Propuestas debatidas en asamblea cuanto sea
necesario para poder llegar a acuerdos.
- Si se tiene que votar, decisiones por voto
ponderado en función del número de asociados. La ponderación será proporcional
al aporte de cuotas.
4.- AREAS DE TRABAJO.
4.1. Trabajo por objetivos y
división por áreas de interés.
Propuesta
de trabajos iniciales. Aprobación por Asamblea y división de tareas en función
de los puntos de interés de los participantes.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN “OBSERVATORIO CIUDADANO
POR LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO” DE LA SIERRA DE GUADARRAMA.
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO
Artículo 1º.- Denominación
Con la denominación OBSERVATORIO CIUDADANO POR LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA SIERRA DE GUADARRAMA se
constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo,
y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar,
careciendo de ánimo de lucro.
El OBSERVATORIO
CIUDADANO POR LA CONSERVACION DEL PATRIMONIO se constituye desde la
pluralidad y respeto a la libertad ideológica de sus socios/as y desde la total
independencia y de toda organización
política, económica o ideológica concreta.
Aunque
el ámbito del Observatorio es a nivel nacional se dará especial atención a la
conservación del patrimonio de la Sierra de Guadarrama como entidad geográfica
de alta sensibilidad y situación de riesgo y eje de vertebración de las dos
mesetas
Artículo 2º.- Fines
§ El
Observatorio se constituye con la vocación de ser un instrumento de análisis y
transformación de la realidad, teniendo sus actividades un sentido práctico y
dinamizador, proponiendo, en base a sus trabajos, aquellas iniciativas que
resulten en una mejor conservación del patrimonio.
§ El
Observatorio tiene como fines: el estudio, la defensa y promoción del
Patrimonio en todas sus facetas materiales e inmateriales: Histórico,
Artístico, Paisajístico, etnográfico, Cultural y Natural.
§ La
investigación y difusión sobre todos aquellos aspectos relacionados con el
Patrimonio.
§ La
sensibilización de la sociedad y de los medios de comunicación sobre todos
aquellos aspectos relacionados con la conservación del Patrimonio realizando
actividades tales como jornadas, seminarios y conferencias.
- La promoción, el fomento y el desarrollo de proyectos
de cooperación, colaboración e intercambio de estudios y actividades con
otras entidades análogas, universidades y administraciones públicas, para un mejor cumplimiento de los fines propios.
- La colaboración entre los distintos socios del
Observatorio, a través de la cooperación mutua, respetando y garantizando
en todo momento la libertad e independencia de cada asociación integrada
en el proyecto.
- El reconocimiento y defensa de los sistemas
naturales, culturales y paisajísticos como bienes públicos.
§ La
potenciación de un ecoturismo cultural respetuoso con el medio ambiente y el
patrimonio como alternativa al turismo de masas destructor del entorno.
§ La
vigilancia y colaboración crítica de la aplicación de medidas institucionales y
privadas que tengan que ver con actuaciones respecto al patrimonio.
- La puesta en valor de los recursos naturales y
culturales potenciando la reactivación económica de la zona de actuación,
de forma ambientalmente respetuosa.
§ La
canalización del derecho de la Sociedad Civil a la defensa frente las agresiones
contra el patrimonio común, a participar, con su propia voz, en la resolución
de los problemas comunes y a organizarse en actividades sociales y culturales y
la contribución a la movilización social en este ámbito.
Artículo
3º.- Actividades.
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes
actividades:
§ El
intercambio de información y organización de marcos de encuentros para
análisis, reflexiones y difusión del trabajo de la Asociación.
§ El
lanzamiento y desarrollo de campañas de sensibilización para potenciar la
conciencia del valor patrimonial.
§ La
creación de un interlocutor válido que canalice los problemas comunes del
patrimonio serrano ante las diferentes administraciones.
§ La
articulación y puesta en común de un equipo de asesoramiento cualificado y
marco de colaboración permanente que optimice esfuerzos.
§ El
desarrollo de la colaboración y cooperación de las entidades que forman el Observatorio
desde el respeto a la autonomía de actuación de cada organización.
§ La
inclusión de los elementos patrimoniales en los catálogos municipales.
§ El
seguimiento y control del desarrollo urbanístico y de los derechos ciudadanos
relacionados con el patrimonio.
§ La
actualización y difusión de la geografía física y humana, población,
demografía, condicionantes geológicos en el uso de la tierra, conservación de
la biodiversidad y servicios ecosistémicos.
§ El
respaldo de la participación y acción ciudadana relacionada con los fines de la
Asociación.
§ El
asesoramiento a organizaciones sociales sobre la conservación del Patrimonio generando sinergias para la mejor defensa y
conservación del patrimonio.
§ La
presentación de denuncias antes los organismos competentes de cualquier abuso,
destrucción, deterioro irreversible, falta de compromiso, inacción de las
instituciones respecto a la protección del patrimonio, prestando especial
atención a desarrollos económicos, públicos o privados, perjudiciales para el
patrimonio.
Cualquier otra actividad que pueda contribuir
a un mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Artículo 4º.- Domicilio y ámbito.
La Asociación establece su domicilio social en _________________________ , C/ ______________________________, nº ______ , CP. _____ , y su ámbito territorial en el que va a realizar sus actividades es todo el territorio del Estado, prestando especial atención a la conservación del patrimonio de la Sierra de Guadarrama como entidad geográfica de alta sensibilidad y situación de riesgo y eje de vertebración de las dos mesetas
CAPÍTULO II
ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN
Artículo 5º.-
Órganos de gobierno y
representación de la Asociación
Los órganos de gobierno y representación de la
Asociación son, la Asamblea General, y la Junta Directiva.
CAPÍTULO III
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 6º.- Naturaleza
La
Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la Asociación y estará
integrada por todos los socios/as.
Artículo 7º.- Reuniones
Las
reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La
ordinaria se celebrará una vez al año, las extraordinarias se celebrarán cuando
las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente/a cuando la Junta
Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los socios/as.
Artículo 8º.- Convocatorias
Las
convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando
el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión
concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para
la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos
quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora
en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra
pueda mediar un plazo inferior a 30
minutos.
Por razones de urgencia podrán reducirse los mencionados plazos.
Artículo 9º.-Quórum de validez de constitución
y quórum de adopción de acuerdos.
Las
Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán
válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un número
socios/as que representen a un tercio de los votos, y en segunda convocatoria
cualquiera que sea el número de socios/as con derecho a voto.
Los
acuerdos se trataran de alcanzar, en primer lugar, por consenso en todos los
puntos sometidos a debate. En caso de que no sea posible el consenso, a juicio
del Presidente/a de la Asamblea, se recurrirá al procedimiento de votación, en
cuyo caso los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los socios/as,
presentes o representados. Siendo válidos los acuerdos cuando los votos
afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los
votos nulos, en blanco, ni las abstenciones.
En
caso de que haya que recurrir al procedimiento de votación para tomar acuerdos:
A
cada socio individual le corresponderá un voto.
Los votos
de las entidades defensoras del
patrimonio se ponderarán según el número de socios/as que tenga cada una, en
función del siguiente baremo:
§
Hasta
10 socios/as: 2 votos.
§
Entre
11 y 30 socios/as: 3
votos.
§
Entre
31 y 60 socios/as: 4
votos.
§
Entre
61 y 100 socios/as: 5 votos.
§
Entre
101 y 150 socios/as: 6 votos.
§
Más
de 151 socios/as:
8 votos.
El
número de votos correspondiente a una entidad defensora del patrimonio nunca
podrá suponer más del 40% de los votos de los socios/as presentes o
representados.
En los
supuestos de:
a) Disolución de la entidad.
b) Modificación de Estatutos.
c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del
inmovilizado.
Se
requerirá una mayoría de 2/3 de los votos de los socios/as presentes o
representados, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente o
de quien haga las veces.
Los acuerdos
de la Asamblea General no podrán afectar a la independencia de los miembros de
la Asociación, ni se podrá exigir a estos el cumplimiento de aquellos acuerdos
que vayan contra sus estatutos o principios.
Las
resoluciones del Observatorio vinculan a este como tal pero no a cada uno de
sus miembros individualmente, sean personas físicas o entidades defensoras del
patrimonio.
Artículo 10º.- Facultades de
la Asamblea General Ordinaria
a) Nombramiento de
la Junta Directiva y sus cargos, administradores y representantes.
b) Aprobar, en su
caso, la gestión de la Junta Directiva.
c) Examinar y
aprobar los presupuestos anuales y las Cuentas.
d) Aprobar o
rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la
asociación.
e) Fijar las cuotas
ordinarias o extraordinarias.
f) Acuerdo para
constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en alguna.
g) Ratificación y expulsión
de socios/as a propuesta de la Junta Directiva.
h) Solicitud de
declaración de utilidad pública.
i) Disposición y
enajenación de bienes.
j) Aprobar el Reglamento
de Régimen Interno, que deberá estar aprobado en el plazo de un año.
k) Remuneración, en
su caso, de los miembros de la Junta Directiva
l) Cualquiera otra
que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea extraordinaria.
Artículo 11º.- Facultades de
la Asamblea General Extraordinaria
Corresponde a la Asamblea General
Extraordinaria la modificación de Estatutos y la disolución de Asociación.
CAPÍTULO IVJUNTA DIRECTIVA
Artículo 12º.- Naturaleza y
composición
La Junta Directiva es el órgano de
representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de
acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Se compondrá por un Presidente/a, los
Vicepresidentes/as, un Secretario/a General, un Tesorero/a y los Vocales que
sean designados por la Asamblea General entre los socios/as mayores de edad, en
pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de
incompatibilidad legalmente establecidos. Su mandato tendrá una duración de 4
años renovándose al 50% cada dos años. El Presidente/a, el Vicepresidente y el
Secretario/a General de la Junta Directiva serán, asimismo, Presidente/a,
Vicepresidente/a y Secretario/a de la Asociación y de la Asamblea General.
Los cargos de la Junta Directiva no serán
remunerados. Se reembolsaran los gastos derivados del ejercicio de sus cargos
que sean debidamente justificados. Igual tratamiento se realizara con las
partidas presupuestadas que apruebe la Junta para las distintas áreas de
trabajo.
Artículo 13º.-
Procedimientos para la
elección y sustitución de miembros.
El Secretario General, el Vicepresidente Primero y la mitad de los
vocales, nominados por sorteo, se renovaran por primera vez a los dos años de
constitución de la Asociación. El proceso electoral se regulara en el
Reglamento de Régimen Interno.Posteriormente, la elección de los miembros de la Junta Directiva por la Asamblea General se realizará al 50% cada dos años, mediante la presentación de candidaturas, a las que se les permitirá la adecuada difusión, con una antelación de 15 días a la celebración de la correspondiente reunión.
En caso de ausencia o enfermedad de algún
miembro de la Junta Directiva, podrá ser suplido provisionalmente en sus
funciones por otro de los componentes de ésta, previa designación por mayoría
de sus miembros, salvo en el caso del Presidente/a que será sustituido por el
Vicepresidente/a Primero/a.
Igualmente podrán ser cubiertas provisionalmente las vacantes de
miembros de la Junta Directiva por los socios/as
al corriente de sus derechos, que más hayan colaborado con la Asociación y sean
designados transitoriamente por la junta Directiva hasta la primera Asamblea
General que se celebre.
Los miembros de la Junta Directiva cesarán:
a) Por transcurso
del periodo de su mandato.
b) Por renuncia
expresa.
c) Por acuerdo de la
Asamblea General.
Artículo 14º.- Reuniones y
quórum de constitución y adopción de acuerdos
La
Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente/a y a
iniciativa o petición de un tercio de sus miembros. Quedará
constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros en primera
convocatoria y un tercio en segunda y para que sus acuerdos sean válidos
deberán ser adoptados por mayoría de votos presentes o representados. . En caso de empate, el voto del
Presidente/a será de calidad.
La Junta Directiva podrá nombrar, de entre sus miembros, una Comisión
Delegada, supeditada a la Junta, que asegure el quehacer cotidiano de la
Asociación, asista al Presidente en los asuntos urgentes y colabore en la
coordinación de las áreas de trabajo de la Asociación o cualquier otra tarea
que, dentro de sus funciones y lo que marca la Ley, le encargue la Junta
Directiva.
En la Comisión Delegada deberán participar, cuando menos, el
Presidente, Vicepresidente Primero, Secretario General y tesorero así como los
responsables de las diferentes áreas de trabajo.
Artículo 15º.- Facultades de
la Junta Directiva
Las
facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos
los actos propios de las finalidades de la Asociación, siempre que no
requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.
Son
facultades particulares de la Junta Directiva:
a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión
económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos
contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea
General los balances y las cuentas anuales.
d) Proponer a la Asamblea General el reglamento de
Régimen Interno y sus posibles modificaciones.
e) Resolver sobre
la admisión de nuevos socios/as.
f) Nombrar
delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
g) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia
de la Asamblea General de socios/as.
Artículo 16º.- El Presidente/a
El
Presidente/a tendrá las siguientes atribuciones: representar legalmente a la
Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados; convocar,
presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta
Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y
autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar
cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el
desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de
dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
Artículo 17º.- Los Vicepresidentes/as
El Vicepresidente Primero sustituirá al
Presidente en ausencia de este, motivada por enfermedad o cualquier otro
motivo, y tendrá las mismas atribuciones que él.
La Asamblea General podrá designar para el cargo de Vicepresidentes
a los representantes de entidades defensoras del patrimonio que formen la
Asociación que sean propuestos.
Artículo 18º.- El
Secretario/a General
El Secretario General tendrá a su cargo la
dirección de los trabajos administrativos de la Asociación, expedirá
certificaciones, llevará los ficheros y custodiará la documentación de la entidad,
remitiendo en su caso, las comunicaciones a la Administración, con los
requisitos pertinentes, y llevará a ejecución los acuerdos de la Asamblea
General y de la Junta Directiva.
Ejercerá de portavoz de la Asociación cuando el Presidente delegue
esta función en él.
Artículo 19º.- El Tesorero/a
El Tesorero recaudará los fondos
pertenecientes a la asociación y dará cumplimiento a las órdenes de pago que
expida el Presidente.
Artículo 20º.- Los vocales
Los
Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta
Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de
trabajo que la propia Junta las encomiende.
LOS SOCIOS/AS
Artículo 21º.- Requisitos
para asociarse
Podrán
pertenecer a la Asociación aquellas entidades defensoras del Patrimonio y personas físicas mayores de edad con capacidad
de obrar y no sujetas a condición legal que lo impida que tengan interés en el
desarrollo de los fines de la Asociación y sean aceptadas por la Junta
Directiva que rendirá cuentas ante la Asamblea General.
Asimismo podrán formar parte de la Asociación los menores
emancipados, mayores de 14 años, con el consentimiento expreso de las personas
que deban suplir su capacidad
Aparte
de los requisitos expuestos se requerirá, para su propuesta a la Junta
Directiva, a las entidades defensoras del patrimonio el aval de otras tres
entidades que formen parte de la Asociación y a las personas el aval de tres socios/as.
La
persona física o entidad defensora del patrimonio que solicite el ingreso en el
Observatorio deberá cumplimentar la
correspondiente solicitud debidamente avalada
que será estudiada por la Junta Directiva para su aceptación o rechazo.
En
caso de rechazarse una solicitud de ingreso el afectado podrá reclamar su
revisión, a través de sus avalistas, ante la Asamblea General para su posible
reconsideración.
Artículo 22º.- Clases de Socios/as
a) Socios/as
Fundadores que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la
asociación a titulo personal los ciudadanos y las entidades a titulo colectivo.
b) Socios/as de
número, que será que serán los que ingresen después de la constitución de la
Asociación. A titulo personal los ciudadanos y las entidades a titulo
colectivo.
Artículo 23º.- Causas de
baja en la Condición de socios/as
Los socios/as
causarán baja por alguna de las causas siguientes:
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la
Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si
dejara de satisfacer las cuotas periódicas.
c) Por conducta incorrecta, por
desprestigiar a la Asociación con hechos o palabras que perturben gravemente
los actos organizados por la misma y la normal conveniencia entre los socios/as.
En los supuestos de sanción y separación de
los socios/as, se informará en todo caso al afectado de los hechos que puedan
dar lugar a tales medidas, y se le oirá previamente, debiendo ser motivado el
acuerdo que, en tal sentido, se adopte.
Artículo 24º.- Derechos de
los socios/as
Los socios/as de número y fundadores tendrán
los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la
Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la
Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por
los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta
Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
g) Mantener su completa independencia de actuaciones a
título individual
Artículo 25º.- Deberes de
los socios/as
Los socios/as
fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos
válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se
organicen.
d) Respetar las decisiones del Observatorio mientras
estas mantengan su independencia de actuación individual.
e) Velar por el buen nombre e imagen del Observatorio,
evitando dar publicidad a las críticas internas y evitando que se debilite el
proyecto común.
f) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes
al cargo que ocupen.
Asimismo,
tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c)
y d) del artículo 24, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.
CAPÍTULO VI
REGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y
DOCUMENTACIÓN
Artículo 26º.-
Obligaciones documentales
y contables
La Asociación dispondrá de una relación
actualizada de socios/as. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará
reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación
financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un
inventario actualizado de sus bienes.
En un Libro de Actas, figurarán las
correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y
representación.
Artículo 27º.-Recursos Económicos
Los recursos económicos previstos para el
desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
a) Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias, que se aprueben
en la Asamblea General. *b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los socios/as o de terceras personas.
c) Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 28º.- Patrimonio
inicial y cierre de ejercicio
La Asociación carece de Patrimonio Fundacional.
La Asociación carece de Patrimonio Fundacional.
El cierre de ejercicio asociativo coincidirá
con el último día del año natural.
CAPÍTULO VII
DISOLUCION
Artículo 29º.- Acuerdo de
disolución
La Asociación se disolverá:
a) Por voluntad de
los socios/as expresada mediante acuerdo de la Asamblea General.
b) Por imposibilidad
de cumplir los fines previstos en los estatutos apreciada por acuerdo de la
Asamblea General.
c) Por sentencia
judicial.
El acuerdo de disolución se adoptará por la
Asamblea General, convocada al efecto, por mayoría de 2/3 de los socios/as.
Artículo 30º.- Comisión
Liquidadora
En caso de disolución, se nombrará una
comisión liquidadora, la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese
sobrante líquido lo destinará para fines benéficos. Los liquidadores tendrán
las funciones que establecen los apartados30y 4 del artículo 18 de la ley
Orgánica 1/2002 de 22 de marzo.
DISPOSICION ADICIONAL
En todo cuanto no esté previsto en los
siguientes Estatutos se aplicará la vigente Ley de Asociaciones de 1/2002 de 22
de marzo y disposiciones complementarias.
En
______________________________, a ______de __________________de _____
(FIRMAS de
todos los miembros promotores que figuren como otorgantes del Acta Fundacional.
Deberán firmar también en el margen de cada una de las hojas de los Estatutos).
D./DÑA________________________
D./DÑA._______________________
D./DÑA.________________________
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